Aseguradoras de salud deberán cubrir el costo total de las pruebas de COVID-19 a los proveedores

El Comisionado de Seguros designado instó a farmacias y laboratorios que no estén recibiendo el pago completo a que soliciten intervención de su oficina.

Por ELNUEVODIA.COM, miércoles, 22 de diciembre de 2021 – 4:39 p.m.

El designado Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, recalcó hoy que las aseguradoras y organizaciones de salud que suscriben planes médicos deben cumplir con la Ley 43 de 2020, conocida como Ley para Combatir el COVID-19, la cual les requiere cubrir el costo total de las pruebas de diagnóstico sin imponer deducibles o copagos.

Adams Vega indicó que los laboratorios, las farmacias y otros proveedores de servicios de salud autorizados a realizar las pruebas de diagnóstico de COVID-19 (ya sea molecular, antígeno o serológica), tienen derecho a recibir el pago por las pruebas de diagnóstico del COVID-19, así como por los servicios para la toma de muestra de las pruebas practicadas a asegurados de planes comerciales.

“El asegurador u organización de servicios de salud está obligado a honrar el pago por la realización de las pruebas y toma de muestras practicadas a los asegurados de manera separada, conforme dispone la Ley Núm. 43-2020″, sostuvo el designado en declaraciones escritas.

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